La ANSAPP, integrada en la FLASS, participa en el proceso de modificación y avanza hacia su integración en la Junta Técnica del Salvamento Acuático

6 de octubre de 2026
La Asociación Nacional en Salvamento Acuático Profesional de Panamá (ANSAPP), entidad asociada a la Asociación Latinoamericana de Salvamento y Socorrismo FLASS, y la Asociación de Guardavidas de Panamá (AGP), han presentado un documento conjunto para la modificación de la la Ley 19 del 5 de junio de 2007, que regula el ejercicio del oficio profesional de salvamento acuático y dicta otras disposiciones.
Esta modificación se plantea ante la Junta Técnica del Salvamento Acuático, donde hasta ahora no estaba incluida la ANSAPP después de que en agosto pasado plantease una reforma legislativa desde la perspectiva de un gremio diverso y pluriprofesional y que no se reduce exclusivamente a la figura del guardavidas de playa o piscina a través de un documento dirigido a la Comisión de Trabajo, Salud y Desarrollo Social de la Asamblea Nacional.
En este documento, la entidad asociada a la FLASS defendía que el sector incluye a otra serie de especialistas, como Técnicos en rescate acuático en ríos, presas y cuerpos de agua interior, Instructores certificados de primeros auxilios y rescate, Especialistas en prevención y gestión de riesgos acuáticos y Profesionales vinculados a entidades de seguridad portuaria y fluvial.
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Ahora, junto a la AGP, la ANSAPP plantea una definición de guardavidas más amplia que en el texto vigente:
- El/la guardavidas es la persona profesional, formada y certificada conforme a estándares nacionales e internacionales, encargada de la vigilancia, prevención, rescate y atención inmediata en ambientes acuáticos.
- Su labor constituye profesión de alto riesgo, reconocida además en el ámbito técnico y de competencia laboral. Su ejercicio genera empleo digno y contribuye a la seguridad turística y residencial nacional.
- Se ejercerá en playas, ríos, lagos, balnearios, piscinas, parques acuáticos, instalaciones turísticas, Propiedades Horizontales, condominios, complejos residenciales y todo cuerpo de agua de uso público o colectivo.
Atribuye a la Junta Técnica de Seguridad y Salvamento Acuático Integral el establecimiento de “las Normativas de Seguridad Acuática Integral en materia de prevención, seguridad y reducción de ahogamientos” en un ámbito de que “serán de cumplimiento obligatorio para todos los entes públicos, entidades privadas, Propiedades Horizontales, establecimientos comerciales, turísticos y residenciales, así como para toda persona natural o jurídica que administre”.
La propuesta da la competencia al mismo tiempo a la Junta Técnica de Seguridad y Salvamento Acuático de “la rectoría del sector conforme al espíritu de la Ley 19/2007”, con una composición que cambia, que es lo que permite a la ANSAPP incorporarse a este órgano, y que establece competencias específicas a cada integrante, que son:
-Ministerio de Salud | Presidencia | Rectoría, salud pública, cumplimiento Resolución ONU A/RES/78/298.
-Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral | Vicepresidencia — Régimen laboral, competencias y fomento de empleo.
-Asociación de Guardavidas de Panamá (AGP) | Secretaría General — Administración del Registro Único, custodia de documentos y certificación.
-Asociación Nacional de Profesionales del Salvamento Acuático Profesional de Panamá (ANSAPP) | Fiscalía |Cumplimiento normativo y transparencia.
-Autoridad de Turismo de Panamá | Vocal — Seguridad y promoción de destinos turísticos
-Asociación de Municipios de Panamá | Vocal — Servicios locales, inspección y generación de empleo.
-Cruz Roja Panameña | Invitado permanente — Apoyo técnico | Solo voz
-Cuerpo de Bomberos de Panamá | Invitado permanente — Coordinación de rescates | Solo voz
También crea “el Registro Único Nacional de Guardavidas (RUG), instrumento oficial de inscripción, control y certificación de los profesionales habilitados para ejercer en todo el territorio nacional”.
El documento con la propuesta íntegra puede consultarse en este enlace.
A esta situación se llega tras la reunión mantenida el 28 de septiembre pasado con el Honorable Diputado Orlando Carrasquilla sobre el estado y perspectivas de la Ley 19 de 5 de junio de 2007, en la que participaron el presidente de ANSAPP, Eric Gómez, y su vicepresidente, Arnaldo Pérez, y el secretario de la Junta Técnica del Salvamento Acuático, Heriberto Vásquez, que preside además la AGP.
ANSAPP ya se había reunido con el diputado Ornaldo Carrasquilla en marzo de este año para garantizar la seguridad en la Piscina Municipal del Distrito de Antón, inaugurada el día 21 de ese mes y pendiente entonces de ser abierta al público.
La propia ANSAPP, con la AGP, han convocado para el 20 de octubre próximo en el Despacho de Orlando Carrasquilla a la Junta Técnica de Seguridad y Salvamento Acuático a una «reunión de trabajo del cuerpo colegiado«, que no tiene lugar de manera oficial desde su supuesta constitución en 2008, para tratar el estado de cumplimiento de la Ley 19/2007 tras casi 20 años de su aprobación y la actualización restructuración e instalación y reglamentación de la Junta Técnica.




